Sí, si el perito es llamado directamente por las partes y se presenta su informe como prueba o si el peritaje es privado (sin intenciones judiciales) en cuyo caso la entidad puede llamar directamente a cualquier persona.
En los peritajes judiciales donde el perito se designe a partir de la lista aportada por la Asociación es requisito ser asociado para aparecer en dicha lista.